Yucatán elevará a delito el derribo de árboles al imponer
hasta dos años de prisión a quién tale uno o más árboles urbanos sin previa
autorización emitida por la autoridad correspondiente.
Este miércoles, en sesión plenaria del Congreso del Estado,
el presidente de la Comisión Permanente de Justicia, Luis Borjas Romero,
presentó la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado en materia de
delitos contra el medio ambiente, así como al Artículo 41 de la Ley de
Conservación y Desarrollo del Arbolado Urbano del Estado, la cual se emitió el
10 de mayo de 2017.
Agregó que la legislación establece que todo aquel que
pretenda podar, derribar o trasplantar árboles en la vía pública deberá
solicitar la autorización ante el ayuntamiento correspondiente y menciona que
se permitirá el corte de raíz de un árbol en aquellos casos en los que los
dictaminadores técnicos determinen la necesidad por seguridad de bienes
inmuebles o infraestructura urbana, previa autorización del ayuntamiento.
“Es triste ver que, con todo y los beneficios tan
importantes que nos aportan, los árboles urbanos de Mérida y del interior del
Estado continúan siendo talados y derribados impunemente”, afirmó.
En este sentido, el diputado Luis Bojas citó casos como los
ocurridos en el camellón central de la avenida Líbano y en la comisaría de San
José Tzal, donde derribaron un árbol de más de 100 años o incluso, dijo, en
Prolongación Montejo donde algunos fueron derribados sin razón.
“La propia Ley de Protección al Medio Ambiente en su
artículo 143 señala que solo serán considerados delitos ambientales los que se
señalen en el Código Penal del Estado, por ello proponemos modificar el
capítulo tercero del Código Penal del Estado, para elevar a delito penal el
derribo de uno más árboles urbanos, sin la autorización correspondiente”,
subrayó.
“La iniciativa considera imponer de seis meses a dos años de
prisión a quien derribe uno o más árboles urbanos sin previa autorización
emitida por la autoridad correspondiente, en contravención a lo dispuesto en el
artículo 41 de la Ley de Conservación y Desarrollo del Arbolado Urbano del
Estado de Yucatán”, indicó.
Expuso que con la aprobación de la propuesta legislativa
cualquier ciudadano u organización de la sociedad civil podrá documentar y
presentar denuncia ante la Vicefiscalía Especializada en Delitos Electorales y
Ambientales por posibles hechos delictuosos contra el medio ambiente y en
especial contra el patrimonio natural del Estado, como los son los árboles
emblemáticos y los urbanos de las localidades.
Fuente: Sipse
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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