El 17 de junio de 2023, la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) anunció la obtención de la suspensión definitiva en contra del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, esto permitiría a los establecimientos afiliados reactivar las zonas exclusivas para fumadores.
Salud Justa MX, asociación civil que promueve políticas públicas de la salud, analizó la controversia sobre el amparo de la Canirac, revelando la falta de validez y el conflicto entre la protección a la salud de los no fumadores y los intereses empresariales.
Las modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco (LGCT), que entraron en vigor el 15 de enero de 2023, contemplan espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones, además prohíben la publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco.
A raíz de esta reforma, algunas empresas, entre ellas del gremio restaurantero, han presentado amparos para no acatar las medidas argumentando fuertes pérdidas económicas.
¿Ya se puede fumar en los restaurantes?
En su página web, la Canirac ofrece a sus afiliados un proceso para beneficiarse de la suspensión del reglamento y reactivar las zonas de fumar en sus establecimientos; para ello, deben completar un formulario, realizar el pago de una cuota, después recibirán los documentos necesarios para extender el amparo, incluyendo la constancia de afiliación y una copia de la sentencia, lo que les permitirá a los restaurantes "reactivar la zona de fumar, brindando el servicio de alimentos y bebidas".
¿Es válido o no el amparo de Canirac?
En conferencia de prensa, Maximiliano Cárdenas, coordinador jurídico en Salud Justa MX, explicó que la Canirac ha estado difundiendo información errónea y "desinformando tanto al público como a sus afiliados" en relación al supuesto amparo presentado contra el reglamento de la Ley General de Control de Tabaco.
"En realidad, se presentó un amparo individual por parte del representante de la cámara, y la sentencia únicamente beneficia a esa persona, no a los afiliados de la Canirac", explicó el experto legal.
Agregó que antes de que se diera a conocer la decisión actual, ya existía una resolución previa que dejaba sin efecto el juicio de amparo, ya que se determinó que la cámara no tenía un motivo válido para presentar el amparo contra el reglamento:
El 26 de mayo de 2023, se emitió una sentencia sobre el caso, —consultada por el abogado—, en la cual se menciona que la cámara presentó su amparo como entidad, pero los hechos demostraron que el reglamento de la LGCT no afecta directamente a la cámara como organización, sino que en dado caso puede perjudicar a los establecimientos de forma particular. Por lo tanto, cada restaurante debe presentar su propio amparo para defender sus intereses.
En resumen, hasta el momento no hay ninguna sentencia definitiva a favor de la Canirac ni de sus afiliados en el juicio de amparo 178. Se espera una sentencia definitiva por parte de un tribunal colegiado, y no se trata de un amparo colectivo, como ha sido mencionado erróneamente.
¿Qué pasará con los restaurantes de la Canirac que reactiven el área de fumadores?
Maximiliano Cárdenas reitera que el juez señaló que son los establecimientos los que debieron haberse amparado de forma individual. Si la resolución es a favor de la Canirac, los afiliados no contarán con protección legal.
Es crucial "que los establecimientos estén bien informados, ya que si reactivan las zonas exclusivas o permiten que las personas fumen incumpliendo el reglamento, podrían ser sancionados por Cofepris", es de suma importancia que los agremiados tomen decisiones informadas y asuman las consecuencias en caso de ser multados, puntualizó el litigante.
En relación a la sentencia, si la Canirac pierde su amparo, sus afiliados podrían presentar sus propios amparos de manera paralela y obtener sentencias diferentes
Es importante aclarar que el amparo presentado por Canirac solo beneficia o afecta a la cámara misma y no a sus afiliados, según lo mencionado en la sentencia del Juzgado de Distrito décimo cuarto en materia administrativa de la Ciudad de México, de acuerdo con el experto en leyes de Salud Justa.
Salud pública vs. intereses empresariales
En 2004, México ratificó el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco, un tratado internacional que prioriza la protección del derecho a la salud pública ante la epidemia global del tabaquismo. Al firmar este tratado, México reconoció la urgencia de tomar medidas necesarias, como la prohibición total de publicidad, promoción y patrocinio, así como la creación de espacios libres de humo, para garantizar la salud de toda la población.
Darina García, Secretaria Técnica de Salud Justa, resaltó lo anterior, ya que el boletín emitido por Canirac el pasado lunes incita a "Reactivar tu zona de fumar", alegando que "su objetivo es velar por los intereses de los afiliados y del sector restaurantero".
Sin embargo, esto solo representa una parte de la población y un sector empresarial, en contraste, argumenta Darina García, "nosotros buscamos proteger vidas humanas y defender derechos humanos, que no aplican a las empresas, cuyo fin es comercial y particular. El derecho a la salud respiratoria concierne a todas las personas".
Como asociación civil, Salud Justa se ha dedicado a vigilar la aplicación del reglamento a la LGCT, ya que es una responsabilidad del Estado salvaguardar la salud de los mexicanos. "¿Qué vale más su bienestar económico o nuestro derecho a la salud?”, finalizó Darina García.
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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