La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos, también conocida como “muerte civil”, que se incluía en el Código Penal de Colima, como castigo para los sentenciados por los delitos de corrupción de servidores públicos y ejercicio indebido de funciones.
Por unanimidad, el Pleno de Ministros señaló que esta pena es excesiva e inusitada, y por ello contraria a las garantías que se contienen en el artículo 22 de la Constitución.
En la discusión, el ministro Luis María Aguilar Morales señaló que, además, este castigo atenta contra el principio de rehabilitación pues la “muerte civil se traduce en un mecanismo de marginación, exclusión y prohibición vitalicia del derecho de participación”.
Al declarar inconstitucional las fracciones del artículo 233 del Código Penal de Colima, que contenía esta “muerte civil”, los ministros también decidieron dar a su resolución efectos retroactivos, es decir, que a quienes se le ha aplicado este castigo, ahora declarado inconstitucional, la sentencia en su contra también será invalidada.
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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