Cada vez que empieza un nuevo año, muchas personas tienen la costumbre de planificar el año que comienza, especialmente a nivel económico. Y es que, después de este año 2020 tan complicado que hemos tenido, este tipo de prácticas pueden ser muy útiles para planificar nuestros gastos y así llevar un mayor control sobre ellos.
La pandemia de la Covid-19 nos ha golpeado a todos, de una manera u otra. En el terreno económico, nos ha dejado inmersos en una gran crisis de la que nos va a costar salir. Y es que nuestra economía nunca había estado tan parada como lo estuvo en diferentes momentos del año pasado y eso es difícil de recuperar en poco tiempo.
Así, en medio de toda esta situación de incertidumbre, es normal que muchas personas se preocupen por su futuro, tanto a corto como a largo plazo. Todas aquellas que, por desgracia, este pasado año perdieron su trabajo o las que se encuentran en ERTE, tienen la inquietud y nerviosismo de cómo será este año para ellos a nivel laboral, y lo mismo para las personas que han podido mantener su empleo, ya que la situación ha afectado a todos los sectores. Pero también se preocupan por su futuro las personas que este año tengan pensado jubilarse. Y es que, si ya de por si el momento de la jubilación genera muchas dudas, este año todavía más.
Por ello, desde 65ymás intentamos explicaros cualquier tema que esté relacionado con la jubilación para intentar esclarecer las posibles dudas que os surjan. Así, hoy os explicaremos los requisitos que debéis cumplir para poder solicitar y cobrar dos pensiones a la vez.
En la actualidad, cobrar 2 tipos de pensiones de la Seguridad Social está permitido siempre y cuando se haya cotizado en diferentes regímenes. El régimen más habitual es el conocido como Régimen General, que es al que pertenecen los trabajadores por cuenta ajena. Por otro lado, encontramos el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA), u otros regímenes relacionados con actividades específicas, como el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar o el Régimen Especial de la Minería del Cabrón.
Según las indicaciones de la Seguridad Social, a partir de este año, si tienes un mínimo de 37 años y 3 meses cotizados, puedes jubilarte con 65 años, y si tienes menos de 37 años y 3 meses, la jubilación se retrasa a los 66 años. Estos son los requisitos globales para la edad legal de jubilación. Además de estos requisitos básicos, por ejemplo, se puede cobrar el régimen general de jubilación y el de los autónomos (RETA) si se tiene una cotización mínima de 15 años y 2 de los cuales se han producido en los 15 años previos a la solicitud de la jubilación. Además, para poder recibir ambos pagos, es obligatorio estar dado de alta en cada uno de los dos regímenes en el momento de la jubilación. Además, existe un límite para este cobro: la suma de las pensiones no puede superar los 2.683,34 euros al mes, divididos en 14 pagas, exceptuando casos de maternidad o jubilación demorada.
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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