Muchas son los motivos por los cuales las personas llegan tarde a sus trabajos en México. Y aunque muchas pueden ser causa de ausencia al lugar de trabajo, sucesos que de ser de forma recurrente, puede causarte problemas en tu empleo. Sin embargo, para estos casos ya hay sanciones que implementa la Ley Federal del Trabajo (LFT) para aquellos trabajadores que presenten retardos, o bien, faltas que no sean justificadas.
En este sentido, la LFT indica que las faltas injustificadas “privan al trabajador del derecho de percibir el salario correspondiente al tiempo de labores no desempeñadas”, es decir, que en primera instancia los días que faltas al trabajo y cuyas inasistencias no son justificadas, el patrón no te pagará.
En tanto, de acuerdo con el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, una de las razones por las cuales el patrón puede rescindir el contrato de trabajo sin infringir alguna responsabilidad es cuando un trabajador presente y acumule tres faltas sin permiso o sin causa justificada durante un lapso de 30 días.
¿Los retardos se pueden convertir en faltas?
Por otra parte, en su artículo 56, la LFT especifica que los retardos se consideran toda vez que el registro de asistencia es hasta 10 minutos después de la tolerancia autorizada por el patrón, por lo cual cualquier registro posterior a este tiempo se considerará como retardo. En tanto, cualquier registro que sea posterior será considerada como falta.
Por otra parte, aquellos trabajadores que cuenten con un horario laboral de seis o menos horas diarias no cuentan con derecho a registrar retardo, por lo cual cualquier registro después de su tiempo de tolerancia será considerado como falta.
Con relación a los empleados con horario de ocho horas diarias como jornada laboral, el tiempo de tolerancia será establecida por el empleador en el contrato.
Aquí te contamos cuáles son las razones por las cuales sí te pueden despedir de tu trabajo.
Sin embargo, los empleados puedes justificar sus faltas o retardos con documentación que el empleador requiera, además, estos también pueden ser justificados por el titular de la unidad administrativa durante los siguientes cinco días hábiles después de la falta o retardo, según el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo.
Asimismo, en lo que resta de este 2023, todavía quedan días de descanso obligatorios además de este 1 de mayo que acaba de pasar. De acuerdo con la LFT, estos son los días feriados oficiales para los trabajadores en México:
Ya pasaron:
1 de enero
6 de febrero
20 de marzo
1 de mayo
Están próximos:
16 de septiembre
20 de noviembre
25 de diciembre
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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