Un momento muy esperado por todos los trabajadores es el momento de la jubilación, es aquí cuando se puede recibir la pensión. La Pensión IMSS forma parte de los beneficios económicos que reciben mensualmente las personas pensionadas y jubiladas del instituto con la finalidad de solventarlos económicamente durante el año.
En caso de contar con este beneficio debes cuidarla, ya que hay algunos motivos por los que te podrían retirar el pago.
¿Cómo se puede perder la pensión del IMSS?
Lo primero que explica la PROFEDET, cuando las o los trabajadores dejan de cotizar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tienen un tiempo de gracia que la propia ley les otorga para poder solicitar las diversas pensiones de:
Invalidez
Cesantía en edad avanzada
Vejez
Viudez, orfandad o ascendencias que no derive de un accidente de trabajo
El tiempo de gracia se refiere a que, aun sin estar cotizando, puedes reclamar estos derechos dentro de ese tiempo. La Ley del Seguro Social establece que las y los asegurados conservarán los derechos que tuvieran para pensionarse por un periodo igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
Ahora bien, existen algunos motivos por los que podrías perder la pensión anhelada:
Fallecimiento durante las semanas activas
El Instituto establece que si un trabajador muere mientras se encuentra cotizando sus semanas y antes de las 150, su pensión quedará anulada afectando también a la pareja en cuestión, pues también quedará cancelada al pensión por viudez.
Trabajar por segunda vez sin que el IMSS sepa
La reglamentación del IMSS señala que los pensionados deberán cumplir con un plazo de seis meses como mínimo después de recibir su pensión para volver a trabajar, además en su nuevo empleo tendrán que ganar un 50 por ciento menos que su salario anterior y no ejercer en el mismo puesto laboral que antes.
Fallar en el mínimo de semanas por pensión de invalidez
Otra de las razones por las que se vería cancelado el pago de tu pensión, es cuando un trabajador sufre un accidente que no tiene relación con sus actividades laborales, de tal forma que no aplicará y para acceder al dictamen médico, el empleado debe cumplir con mínimo 250, el cual se puede alcanzar entre 4 y 5 años.
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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