Abril 16, 2018 11:00 PM
No pudieron probar que Zapata Bello violó principio de equidad al asistir a evento priista en Mérida
El día de hoy, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado
de Yucatán (TEEY), celebró sesión pública, con el objeto de resolver el Medio
de Impugnación que a continuación se precisa.
Expediente PES.- 011/2018 correspondiente al
Procedimiento Especial Sancionador, interpuesto por el C. Conrado Sánchez
Barragán, Representante Propietario del Partido Movimiento Ciudadano, en contra
del C. Rolando Zapata Bello, Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán,
Mauricio Sahuí Rivero y el Partido Revolucionario Institucional, consistente en
el incumplimiento del principio de imparcialidad, por la supuesta asistencia
del Gobernador a un evento proselitista el pasado tres de febrero del año en
curso, en las instalaciones del Centro de Espectáculos de la Feria Xmatkuil.
El Magistrado Presidente en su carácter de instructor, Fernando Javier Bolio
Vales, presentó un proyecto de resolución en el que declaró inexistente la
infracción consistente en la violación al principio de imparcialidad y equidad
en la contienda electoral, atribuida al C. Rolando Zapata Bello, a Mauricio
Sahuí Rivero y al Partido Revolucionario Institucional, toda vez que no se
cuentan con pruebas que de manera fehaciente destruyan la presunción de
inocencia de la cual goza el Gobernador. El proyecto fue aprobado por unanimidad
de votos de los magistrados que integran el Pleno.
Publicado por:NOTICIAS DE ÚLTIMA HORA