CIUDAD DE MÉXICO.- Laura Bozzo podría alcanzar una pena
de entre tres y nueve años de prisión por cometer un delito fiscal por más
de 12 millones de pesos al vender un inmueble que estaba embargado por el
Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En la opinión del abogado Fernando Acevedo Espinosa, al ser
detenida, Laura Bozzo llevaría su proceso en prisión por el tipo
penal que se le imputa y porque no se internó voluntariamente en prisión como
lo ordenó el juez de control; sin embargo, su situación jurídica se determinará
en la audiencia correspondiente.
En consecuencia, se emitió una ficha roja ante la
Interpol para su búsqueda y detención para que sea procesada en México.
A pesar de ello, el abogado postulante considera que podría
ocurrir un panorama favorable para Bozzo:
"Hablando políticamente, si algo nos enseñan las
políticas de este gobierno es que cuando llegan a un acuerdo económico les
otorgan el perdón o un tipo de beneficio contrario a derecho, por ejemplo.
Habría que esperar a ver si se llega a un acuerdo, sin
embargo, en estricto sentido debería de dictarle prisión preventiva toda vez
que omitió recluirse de forma voluntaria".
¿Cuál es el delito por el que Laura Bozzo está detenida?
El abogado explica que el nombre del delito no es
depositaria infiel sino defraudación fiscal. Al decir, "depositaria
infiel" se refiere a una conducta o figura legal, comenta que cuando se
embarga un bien se fija un depositario, o quien queda a cargo del cuidado de
ese bien, y en este caso, a ella la fijaron como depositaria dentro del
procedimiento administrativo de ejecución.
"El delito que le están imputando es defraudación
fiscal, que está en el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, que
dice que si tú engañas o a través de errores no pagas alguna contribución y sea
perjuicio estás cometiendo ese tipo penal".
Textualmente, en el Código Fiscal de la Federación se
lee en dicho artículo:
"Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso
de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de
alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco
Federal.
Por el valor de lo defraudado aplicaría una pena de prisión
de tres a nueve años porque el valor supera los $2,898, 490 (dos millones,
ochocientos noventa y ocho mil, cuatrocientos noventa pesos) que prevé la ley
pero si ella en un momento dado paga en una sola exhibición, de acuerdo a la
ley le dicen que tiene un beneficio y ese es que la pena se reduzca al 50%.
Tengo entendido que ella dio un inmueble en garantía.
Legalmente estaba obligada a no vender el inmueble dado en garantía sin embargo
violentó con su obligación y vendió el inmueble",
finalizó el abogado Fernando Acevedo Espinosa.
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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