A finales del año pasado, el Senado de la República aprobó
la iniciativa de gravar, con el 16% del IVA, a las plataformas de servicios y
venta de productos digitales que operan en México.
Dicha medida entró en vigor este primero de junio, por
lo que varios servicios contarán con un aumento en su precio.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que a
partir del 1 de junio de 2020 retendrá el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a
residentes en el extranjero, sin establecimiento en México, por la prestación
de servicios digitales utilizados en el país.
Pero, ¿por qué se deben pagar impuestos por servicios
digitales como Netflix, Uber, PlayStation, Amazon, entre otros? Aquí te lo
contamos.
Impuestos sobre servicios digitales en México
El cobro de impuestos a las firmas extranjeras, tiene la
finalidad de establecer un escenario más igualitario entre compañías nacionales
y extranjeras, ya que al no cobrarles IVA, se generaba una competencia desleal
con los proveedores nacionales que sí contribuyen con el Impuesto al Valor
Agrado.
Es por esta razón que se propuso que las firmas que
brindan servicios en México, pero que cuentan con residencia extranjera, tenían
que pagar de igual forma impuestos como el IVA y el ISR en algunos casos.
Por ello, en septiembre del año pasado, el gobierno presentó
ante el Congreso de la Unión la propuesta para el Paquete Económico 2020, en el
que se planteó ejecutar reformas a la ley que permitieran aumentar la
recaudación de impuestos.
Dicho paquete fue aprobado, por lo que la reforma se publicó
en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de diciembre de 2019.
De acuerdo con la ley, los servicios que son
considerados como digitales son aquellos que proporcionen servicios mediante
aplicaciones o contenido en formato digital a través de internet u otra
red.
Esto siempre y cuando, dichos servicios cobren "la
descarga o acceso a imágenes, películas, texto, información, video, audio,
música, juegos, incluyendo los juegos de azar, así como otros contenidos multimedia,
ambientes multijugador, la obtención de tonos de móviles, la visualización de
noticias en línea, información sobre el tráfico, pronósticos meteorológicos y
estadísticas".
Por tanto, todas las compañías que cobren por alguno de los
motivos antes mencionados, se gravarán con una tasa del 16%.
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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