El Décimo Tercer Tribunal Colegiado de Materia
Administrativa concedió un amparo al actor Gael García Bernal, para que se
le autorice el consumo recreativo de marihuana.
Desde el pasado 3 de junio se notificó la sentencia en favor
del actor, director y activista, quien al igual que otras personas impugnó la
prohibición absoluta de esa hierba, prevista en cinco artículos de la Ley
General de Salud.
“Procede a conceder
el amparo para efecto de que el quejoso pueda realizar las actividades
relacionadas para el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos de la
marihuana, preparados y semillas”, indica el amparo concedido.
Así se puede obtener un amparo para el consumo de marihuana
Siguiendo los pasos de aquellos que lograron ampararse para
fumar mariguana y con esos casos como precedentes, poco a poco han llegado
solicitudes a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios (Cofepris) para el consumo de la planta, con los “derechos
correlativos al autoconsumo”; tales como la siembra, cultivo, cosecha,
preparación, acondicionamiento, posesión, transporte en cualquier forma,
empleo, uso, consumo, y, en general, todo acto relacionado con el consumo
lúdico y personal de marihuana.
El proceso es el siguiente:
- Hay que descargar el formato y presentar ante la
Cofepris una solicitud de consumo lúdico de marihuana. Te solicitarán
información personal (CURP, Nombre, Correo Electrónico y un Teléfono) y tu INE
vigente. La dependencia te entregará un comprobante de trámite.
- El siguiente paso es esperar 40 días hábiles a que se dé
una respuesta, o en todo caso que se cumpla el plazo máximo en que la
dependencia debe dar una respuesta. Puedes monitorear el estatus de tu permiso.
- A partir del día 41, en caso de que la respuesta sea
negativa o que la dependencia no responda, es posible impugnar el caso a través
de un amparo con un juez de distrito. En este momento, lo más recomendable es
buscar asesoría legal para seguir con el proceso. AMEM y MUCD pueden asesorarte
durante el proceso.
- El juez de distrito analizará el caso y dará una respuesta
basada en los casos anteriores. De ser una respuesta positiva, ahí acaba tu
proceso; de lo contrario, el proceso a seguir sería volver a impugnar para
llevar el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde se han
resuelto cuatro amparos a favor del uso y cultivo personal.
Con información de Notimex
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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