El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene como principal objetivo la recaudación fiscal y bajar la evasión fiscal en nuestro país. Como contribuyentes, hay cinco cosas que debes saber para que facilites el cumplimiento de tus obligaciones fiscales y no te metas en problemas.
Si eres contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT) bajo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), hay ciertas obligaciones fiscales que tienes que cumplir para evitar tener problemas con Hacienda.
A partir de 2022, las personas que se encuentren en este nuevo esquema estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5 por ciento de sus ingresos. Debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto.
Obligaciones fiscales
Trabajar por honorarios o tener un negocio implican dos cosas fundamentales: tendrás mucha libertad para manejar tus horarios y deberás cumplir con las obligaciones fiscales. Pero para evitar malos ratos al presentar tu declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es importante que tomes en cuenta los rrores frecuentes de los contribuyentes.
En términos fiscales, existen dos tipos de multas: las multas de forma y las multas de fondo. Las multas de forma son las infracciones que corresponden a la obligación que los contribuyentes tienen para pagar al gobierno, de acuerdo al Código Fiscal de la Federación, y la causa de éstas son las siguientes:
-No presentar las declaraciones mensuales o la declaración anual.
-No cumplir con los requerimientos del Servicio de Administración Tributaria.
-No presentar la declaración de impuestos mediante los medios electrónicos que ofrece el SAT.
-Las multas de fondo son las sanciones que se imponen en relación con el pago de impuestos, como:
-Declarar pérdidas fiscales mayores a las que realmente se tuvieron.
-Omitir total o parcialmente el pago de contribuciones.
-No notificar al SAT sobre los impuestos retenidos o recaudados.
5 multas del SAT
-Buzón del SAT
El Código Fiscal de la Federación, en su artículo 86-D, detalla que aquel que cometa la infracción relacionada con la no habilitación del buzón tributario, el no registro o actualización de los medios de contacto se impondrá una multa de 3,420 a 10,260 pesos.
-Facturas
Con los cambios fiscales que entraron en vigor este año, el SAT podrá multar a un contribuyente si un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) se cancela fuera de tiempo. La multa será de 5 a 10% del monto de cada factura.
-Domicilio fiscal
La multa por señalar un domicilio fiscal distinto al que corresponde va de $3, 870 a $11,600 pesos
-Declaración de impuestos
-Por cada declaración, solicitud, aviso o constancia, realizado fuera del plazo señalado por la autoridad o por el incumplimiento del mismo, puede ser penalizado con una multa de 1,400 a 34,730 pesos.
-Si no se presentan las declaraciones por Internet estando obligado a hacerlo, no cumplir con ello o hacerlo de manera tardía, la sanción va de 14,230 a 28,490 pesos.
-Por cada obligación no declarada de manera automática dentro del plazo correspondiente, el fisco impondrá una multa de 1,400 a 17,370 pesos.
-Adeudos fiscales
Las multas que van desde los 1,560 pesos o hasta los 31, 740 pesos y en los casos más graves se puede acusar al contribuyente de defraudación fiscal.
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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