Un menor de Chihuahua obtuvo el amparo de un juez luego de que la escuela secundaria en la que estudia le negó el ingreso ante la falta de corte de cabello y le impuso medidas disciplinarias.
De acuerdo con un comunicado del Consejo de la Judicatura Federal, el padre del menor promovió una demanda de amparo por considerar que se discriminaba a su hijo a partir de patrones estéticos.
“Corte de pelo natural oscuro”
Ante esto, el juez determinó que es inconstitucional la disposición contenida en el Reglamento Escolar 2014-2015, en el Capítulo 3.
En ella se impone a los alumnos el “corte de pelo natural oscuro”. Según la resolución esta es una medida violenta en perjuicio de la población varonil. Además les impide el ejercicio de sus derechos de acceso a la educación y libre desarrollo de la personalidad.
Se determinó que llevar el cabello de cierta forma no aporta ni afecta el aprendizaje y convivencia escolar. Por el contrario, dicha imposición limita el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los menores.
“Cada persona elige su plan de vida”
La sentencia puntualiza la facultad que tiene cada persona para elegir su plan de vida y actuar conforme a sus ideales sin atender a un modelo de virtud o fin perfeccionista.
El único límite es la no afectación de derechos de otros.
Según el texto, medidas disciplinarias, como la analizada, son discriminatorias y atentan contra la dignidad humana, ya que anulan o menoscaban derechos y libertades.
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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— CJF (@CJF_Mx) May 9, 2019
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