(apro).- Con 91 votos a favor, el Senado aprobó modificar el artículo 19 de la Constitución para ampliar el catálogo de delitos a los que el Ministerio Público podrá solicitar la prisión preventiva oficiosa.
Se incluyeron ocho delitos, como abuso o violencia sexual contra menores, uso de programas sociales con fines electorales, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.
La ampliación del catálogo también contempla aquellos delitos en materia de armas de fuego y explosivo de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, y también el robo a casa habitación y el feminicidio.
A petición del pleno, se incorporaron los delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la Seguridad de la Nación y el libre desarrollo de la personalidad o de la salud.
Fue modificado el segundo transitorio para que, en un lapso de 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, el Congreso de la Unión realice las adecuaciones normativas necesarias para incluir en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y demás ordenamientos correspondientes.
También se agregó un tercero transitorio para que los delitos en materia de corrupción, como enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de las funciones públicas, entren en vigor a partir del nombramiento del próximo titular de la Fiscalía General de la República.
A nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales, el senador José Antonio Cruz Álvarez Lima afirmó que la inclusión de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa responde a una “mayoritaria demanda social” frente a la sensación generalizada de injusticia e inseguridad.
“No es una acción automática, ilimitada y fuera de las reglas del proceso penal”, sentenció Cruz Álvarez Lima. La duración de la prisión preventiva no excederá los dos años, y si en ese plazo no se dicta sentencia, el inculpado será puesto en libertad.
Por la Comisión de Estudios Legislativos, Ana Lilia Rivera justificó la introducción de estos nuevos delitos en el artículo 19 constitucional, debido al grave daño que ocasionan a la sociedad, así como por el incremento significativo de la impunidad para castigarlos.
A petición de la presidenta de la Comisión de Equidad de Género, Martha Lucía Micher, de Morena, se incorporó el delito de feminicidio en la reforma para ampliar el catálogo de aquellos que sean objeto de prisión preventiva oficiosa.
Senadores de Morena, PT, PRI, PRD y PAN apoyaron la reforma, frente a las críticas y cuestionamientos de Movimiento Ciudadano y del senador independiente Emilio Álvarez Icaza, que consideró “regresivas” las modificaciones.
A nombre de Morena, la senadora Lucía Trasviña consideró como un “gran paso” introducir estos delitos para lograr que la supremacía constitucional prevalezca y sea el criterio para la toma de decisiones de los jueces.
A su vez, la panista María Guadalupe Murguía reconoció que la prisión preventiva es un tema polémico en materia de respeto a los derechos humanos, pero afirmó que no se puede desconocer la grave situación de inseguridad en el país. Propuso que esta reforma sea transitoria y después de cinco años se evalúe para determinar su continuidad.
Por la bancada del PRI, Sylvana Beltrones indicó que la evidencia demostró que otras medidas de carácter cautelar han sido ineficaces, por lo que esta reforma es la respuesta que el Congreso da a las exigencias de millones de mexicanos que hoy se encuentran en indefensión.
Tras una extensa e intensa discusión, la reforma constitucional quedó aprobada en lo particular por 88 votos a favor y 16 en contra.
Publicado por:Noticias de Yucatán
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