Cada año, los patrones tienen que calcular el Impuesto sobre la Renta (ISR) anual de sus trabajadores, y la diferencia que resulte a cargo del trabajador, se debe informar y pagar a más tardar en el mes de febrero siguiente al año de calendario de que se trate. Es decir, se tiene hasta el 28 de febrero para efectuar el entero de estas diferencias.
De acuerdo con la consultora Fiscalia, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente anunció modificaciones al procedimiento para realizar el entero.
Requisitos para acreditar un impuesto extranjero contra el ISR (Imagen: El Contribuyente)
El nuevo procedimiento es complejo y poco intuitivo
El artículo indica que el procedimiento establecido por la autoridad es distinto al de ejercicios anteriores.
Pero Fiscalia considera que el nuevo procedimiento es complejo y poco intuitivo.
Además, señala que el nuevo procedimiento no se estableció en reglas, sino en una “pregunta frecuente” en el portal de internet del SAT.
Por eso, Fiscalia dijo que es probable que muchos contribuyentes ni se enteren de este nuevo método de entero, pudiendo generar alguna inconsistencia en la información que el SAT procese en sus tareas de revisión.
– Con información de Fiscalia. /El Contribuyente
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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