La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró infundado el recurso de reclamación que presentó la Consejería Jurídica de Presidencia contra la suspensión de efectos del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).
Por lo tanto, la suspensión estará vigente hasta que el máximo tribunal determine si la medida es constitucional o no.
Historia del litigio
El 26 de mayo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) presentó una Controversia Constitucional contra diversas reformas que le ordenaron crear el padrón, con cargo a su presupuesto. El Instituto argumentó que no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo, lo que pone en riesgo su viabilidad e independencia.
La Corte admitió el tema y otorgó la suspensión respecto a la obligación de instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, al señalar que con su implementación “existe una inminente afectación presupuestaria del IFT, que puede poner en peligro su autonomía constitucional”.
El 29 de junio de este año, la Consejería Jurídica de Presidencia impugnó la suspensión contra el padrón, el cual ha sido defendido públicamente por el presidente Andrés Manuel López Obrador y el gabinete de seguridad.
Además, sobre este tema hay controversias constitucionales presentadas por el INAI, otra por una minoría del Senado y miles de demandas de amparo de ciudadanos.
No es una victoria definitiva
Organizaciones de la sociedad civil, como la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) han criticado esta medida, al considerar que representa “graves, inminentes y potencialmente irreversibles riesgos” a los derechos de la ciudadanía.
Si la medida entra en vigor pleno, será imposible para las personas impedir que sus datos personales, incluyendo datos biométricos, sean recolectados, almacenados en una base de datos centralizada altamente vulnerable a accesos no autorizados; puestos a disposición de múltiples autoridades, sin control judicial y ninguna salvaguarda contra el abuso de la información; y será imposible impedir que a millones de personas les sean canceladas sus líneas de telefonía móvil y les sea restringido su derecho de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, argumenta R3D en un posicionamiento.
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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