Suemy del Rosario Lizama Sánchez, jueza 1 de Control, resolvió en un caso de homicidio y lesiones, ambos cometidos por culpa.
El 2 de mayo, en horas de la tarde, el ahora imputado conducía un autobús de servicio público sobre la avenida Quetzalcóatl al oriente de esta ciudad y al llegar a la calle 22, a la altura de un supermercado, no respetó el paso peatonal y golpeó a dos personas lo que causó la privación de la vida de una de ellas, quien era menor de edad y lesiones a la otra que tardan en sanar más de quince días.
Peticiones de la Fiscalía Estatal: La Fiscalía estatal solicitó a la juez declarar legal la detención, formuló imputación por el delito de homicidio y lesiones ambos cometido por culpa, solicitó la vinculación a proceso y la imposición de medida cautelar de prisión preventiva, argumentando que el imputado es un riesgo para la sociedad.
La Defensa particular y el imputado solicitaron el término de 144 horas para celebrar la vinculación y medidas cautelares diversas a la prisión.
Resolución del juez:
La jueza de control encontró que, de acuerdo con los datos vertidos por los fiscales, la detención del ahora imputado fue conforme a derecho,por lo que declaró de legal la detención.
También resolvió de acuerdo con lo que solicitó el imputado y su defensa que la audiencia de vinculación a proceso, en la que se resolverá su situación jurídica será el día 10 de mayo a las 10:00 horas en el mismo Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM)
Por último, no accedió a la solicitud de los fiscales de imponer la prisión preventiva como medida cautelar, ya que de acuerdo con lo vertido por los propios Fiscales en la audiencia, el imputado permaneció en el lugar de los hechos y no tiene antecedentes de hechos similares.
Además preguntó al representante legal del imputado, quien es a la vez representante de la aseguradora, si cuenta con póliza vigente y suficiente para el pago de la reparación del daño, a lo que respondió que sí.
La jueza explicó en la audiencia que, dado que la Fiscalía no sustentó su petición de prisión preventiva, ni presentó una evaluación de riesgo del imputado y considerando que tampoco presentó antecedentes similares y hay una póliza vigente y suficiente, no procedió su solicitud de prision preventiva.
Por lo tanto, atendiendo lo que la ley señala para este tipo de casos y analizando las circunstancias de este hecho en particular, la jueza impuso las medidas cautelares consistente en la presentación periódica del imputado ante el Centro Estatal de Medidas Cautelares; la presentación de una garantía económica de 60 mil pesos y la prohibición de salir del Estado por el plazo de 10 meses.