A 36 días de la elección, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador retirar o modificar de sus sitios oficiales la conferencia mañanera del 22 de abril, en el que hace alusión a las cualidades de la candidata presidencial de Morena, Claudia Sheinbaum , lo que podría afectar el desarrollo del proceso electoral en curso. Además, los integrantes de la Comisión avalaron, sin discusión, el proyecto elaborado por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE), en el sentido de reiterarle al Ejecutivo Federal que evite hablar sobre temas de índole electoral.
Los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) denunciaron al presidente López Obrador por la presunta vulneración a los principios de neutralidad, equidad e imparcialidad de la contienda, así como uso indebido de recursos públicos. Además, por incumplir las medidas cautelares ordenadas por la Comisión de Quejas y por el presunto beneficio indebido para Sheinbaum Pardo y el partido Morena, derivado de las expresiones que realizó en las conferencias mañaneras de 18 y 22 de abril. “Se propone la procedencia de la medida cautelar por lo que hace a las expresiones emitidas en la mañanera del 22 de abril… toda vez que con ellas existe la posibilidad de afectación hacia el proceso electoral que se encuentra en curso, puesto que el titular del Poder Ejecutivo, hace alusión de manera directa a una de las candidatas a la presidencia de la república, Claudia Sheinbaum Pardo, destacando las cualidades que, a su decir, tiene la candidata presidencial”, indica el proyecto avalado por unanimidad. En la sesión, se declaró la improcedencia de la medida cautelar del 18 de abril, dado que no se advierte que sus expresiones puedan afectar el desarrollo del proceso electoral en marcha.
Además, se declaró improcedente la solicitud de suspender las conferencias mañaneras en lo que resta de la contienda, en virtud de que se trata de un ejercicio de comunicación que se relaciona con las obligaciones y atribuciones que tienen las personas servidoras públicas de informar sobre el desempeño de sus funciones y el deber que tiene la ciudadanía de estar informada. Conforme al criterio del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la revisión de las mañaneras debe hacerse por su contenido, una a una y no por el formato mismo. En el caso del presunto uso indebido de recursos públicos, incumplimiento de medidas cautelares y presunto beneficio indebido a favor de Sheinbaum y Morena, se informó que ello “son tópicos que corresponden al fondo del asunto”.
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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