Enero 20, 2018 01:00 AM
Admite Suprema Corte acción contra Ley de Seguridad
Un Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por
diputados de Oposición para invalidar la Ley de Seguridad Interior.
El Ministro Jorge Pardo Rebolledo admitió la demanda apenas
un día después de que fue presentada, y dio 15 días hábiles al Congreso de la
Unión y al Ejecutivo federal para que rindan informes y envíen a la Corte todos
los antecedentes del proceso legislativo.
La admisión de la demanda no suspende la vigencia de la ley, pero el Presidente
Enrique Peña Nieto dijo cuando la promulgo que, mientras la Corte resuelve, no
emitirá ninguna Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, que es la
principal figura operativa de la norma.
Los diputados de Morena, PRD, PAN y Movimiento Ciudadano alegan que el Congreso
carece de facultad constitucional para legislar en la materia de seguridad
interior, en particular para normar la participación de las Fuerzas Armadas en
tareas de seguridad pública.
En lo particular, también se pide la invalidez de 28 de los 34 artículos de la
ley por considerarlos contrarios a la Constitución y tratados internacionales
sobre derechos humanos.
La Corte no tiene plazo para resolver, y para cualquier invalidez será
necesario el voto de 8 de los 11 ministros, candado que en casos
relevantes recientes ha sido muy difícil de superar para el Pleno del máximo
tribunal.
Senadores de Oposición y el Instituto Nacional de Acceso a la Información
(INAI) promovieron hoy sus propias acciones contra esta ley, aunque la del
órgano de transparencia se limita a impugnar dos artículos que regulan aspectos
de su competencia.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos también presentara una acción, por
lo que todas estas demandas se acumularan y serán tramitadas en conjunto por
Pardo, quien deberá presentar al Pleno el proyecto de sentencia.
El municipio poblano de San Pedro Cholula fue el único que promovió una
controversia constitucional contra esta ley, admitida por Pardo desde la semana
pasada, pero este expediente es de relevancia menor, ya que una eventual
sentencia de invalidez sólo tendría efectos para el ayuntamiento mencionado, no
para el resto del País.
La Constitución prevé que el Ejecutivo o alguna cámara del Congreso pueden
solicitar a la Corte el tramite prioritario de las acciones, lo que hasta ahora
no ha sucedido. (Reforma).
Publicado por:NOTICIAS DE ÚLTIMA HORA