Distintos abogados consideran que la reforma de López Obrador en materia administrativa atenta contra la seguridad jurídica y equidad y provocará trastornos económicos que podrían materializarse en desabasto de insumos para el funcionamiento de instituciones.
De aprobarse la iniciativa de reformas en materia administrativa, enviada recientemente por el presidente Andrés Manuel López Obrador al Congreso de la Unión, en los términos en que fue presentada, terminaría con la seguridad jurídica y equidad al hacer negocios con el gobierno mexicano, inhibiría la inversión privada y ocasionaría trastornos económicos que podrían materializarse en desabasto de insumos para el funcionamiento de instituciones gubernamentales y el desarrollo de obra pública, plantean abogados expertos en la materia.
Además, por contemplar modificaciones al marco legal claramente anticonstitucionales, contrarias a los compromisos firmados por el gobierno en tratados comerciales internacionales y por poner en riesgo principios como el de equidad y certeza jurídica, generarían una ola de amparos y recursos que tendrían que ser resueltos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) o en instancias internacionales.
La iniciativa enviada a la Cámara de Diputados el 28 de marzo pasado contempla reformar 23 leyes que rigen las relaciones de los particulares con el Estado en materia de licencias, permisos, concesiones, contratación y licitaciones públicas, tanto nacionales como internacionales.
De acuerdo con su exposición de motivos, tiene como objetivo “facultar a la Administración Pública Federal para revisar, modificar, nulificar y revocar los actos administrativos que no respondan al interés general o que quebranten las leyes en beneficio de intereses privados”.
“Da atribuciones para llevar a cabo actos que corrijan las desviaciones que pueden darse tanto por infracciones a la ley como por la existencia de acontecimientos que modifiquen las condiciones iniciales en que se emitieron los actos administrativos y que, con posterioridad a su emisión, resulten perjudiciales para el interés general”. Eso dice.
Sin embargo, para abogados expertos en la materia consultados por El Economista, se trata de una iniciativa, cuyas consecuencias pueden ser altamente lesivas para el Estado de derecho.
Adolfo Athié Cervantes, socio de la firma Basham, Ringe y Correa, lo explica de la siguiente manera: Es como si el gobierno dijera ¿cómo le hago para quitarme los principios de seguridad jurídica y equidad procesal y poder moverme libremente para tomar decisiones conforme a las necesidades del momento, sin que me tengan que cuestionar y tenga que pagar indemnizaciones por mis actos tomados como autoridad?
Por su parte Mario Mejía Karlg, de la firma Mejía Guizar & Karlg Abogados, considera que la iniciativa Turnada a las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción, y de Gobernación y Población, busca una mayor intervención estatal; facilitar el control de los actos, contratos y permisos, a través de procedimientos simplificados para terminar contratos o revocar autorizaciones, permisos, entre otros, incluso en sede administrativa, así como limitar el derecho para reclamar daños y perjuicios.
Ello debido a que algunas de las disposiciones que contempla son intencionalmente subjetivas, para permitir que, en primera instancia, sea el poder Ejecutivo (en una segunda lo serán los órganos jurisdiccionales) el que determine qué es interés público, qué es una actividad irregular, entre otras.
En su opinión, eso se traduce en una mayor concentración de facultades y atribuciones para el Ejecutivo (que desde luego pueden ser judicializadas) y que en algunos casos podrán encontrar incompatibilidad con preceptos constitucionales o disposiciones contenidas en tratados internacionales.
Mejía Karlg recalcó que eso puede generar un estado de incertidumbre en los gobernados, dependiendo de la forma en que las autoridades administrativas apliquen la normatividad, pues existen potenciales espacios donde pudieran generarse actos arbitrarios.
Lo mismo puede ocurrir con la normatividad vigente, pero la misma, aunque si bien regula un régimen exorbitante y una relación de subordinación, protege a los gobernados mediante disposiciones que brindan mayor certeza y certidumbre jurídicas que lo previsto en la iniciativa para efectos del principio de legalidad, refiere.
Por su parte, la abogada Diana Rangel León, del despacho Basham, Ringe y Correa consideró que lo que quiere el Estado es tener amplias facultades para determinar ante contratos, autorizaciones, permisos y demás que ellos los terminen en el momento que quieran.
En ese sentido recalcó que el marco legal vigente contiene ya los medios para demostrar, castigar y eliminar los permisos, concesiones y contratos otorgados por el gobierno cuando hay prácticas corruptas. El gobierno puede hacer valer lo que considere ante actos de particulares que perjudiquen el interés público.
La firma de abogados Basham, Ringe y Correa llamó la atención en que la iniciativa de reforma pretende aumentar las facultades del Estado aplicables a las materias mencionadas, concediéndole amplia discrecionalidad en el otorgamiento o asignación de estos, y le dota de facultades para cancelarlos unilateralmente y establecer límites y/o eliminar del pago de daños y perjuicios e indemnizaciones que pudieran proceder por tales cancelaciones.
Desde su perspectiva, de aprobarse sin cambio alguno, además de desincentivar la inversión y la competitividad, puede generar diversas afectaciones a los particulares. Concretamente por la eliminación del orden jerárquico de los tratados internacionales que México se ha comprometido a respetar en materia comercial; y, en general, por establecer una alta discrecionalidad en la interpretación de conceptos como “utilidad pública”, “urgencia”, “interés público”, “seguridad nacional”, “hecho superviniente” “perjuicio o lesión al interés general o social”.
Para esa firma, la poca claridad, falta de definición e interpretación de dichos conceptos, genera que diversas autoridades los definan en cada caso, lo cual puede considerase una violación a la seguridad jurídica y un trato inequitativo para los actores involucrados.
Estas afectaciones pueden ser impugnadas mediante un juicio de amparo indirecto u otro medio de defensa, según sea el caso, contra su primer acto concreto de aplicación. Dentro de dichos medios de impugnación y hasta en tanto no se resuelva la constitucionalidad de la reforma, es viable obtener una suspensión que evite la aplicación de ésta, destaca.
diego.badillo@eleconomista.mx
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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