En el ya lejano año de 2003, la Secretaría de Gobernación convocó al Notariado Mexicano para promover entre la población el otorgamiento de testamentos, esto con el fin de disminuir los problemas legales con respecto a las pertenencias de una persona que ha fallecido y que no dejó testamentadas, por lo que, pueden ocurrir muchos problemas legales a la hora de que los familiares reclaman las propiedades.
Es por esta razón que en caso de que seas una persona interesada en realizar tu testamento durante el mes de septiembre el cual también se le conoce como el mes del testamento, pero no sabes si debes de pagar impuestos para realizar tu trámite ante un notario público a continuación te compartimos la información necesaria.
Sin embargo, y al ser un trámite oficial que tiene que ver con ingresos no queda libre de la vigilancia del Servicio de Administración Tributaria (SAT), es por eso que las personas tienen duda sobre si deben o no pagar algún tipo de impuesto al elaborar su testamento oficialmente, es decir frente a un notario público.
A continuación te explicamos que tipo de impuesto ante el SAT debes pagar en caso de que estés interesado o interesada en realizar tu testamento en septiembre, mes del testamento.
¿Qué tipo de impuesto debo de pagar al hacer mi testamento?
Antes de aclarar esta parte, es importante resaltar que en el caso de que la persona en cuestión no haya dejado un testamento, la ley establece quiénes serían los herederos y en qué proporción, situación que podría traer problemas entre familiares, ya que muchos suelen creer que tienen el derecho sobre las pertenencias cuando la ley marca otra cosa, lo que puede llevar a juicios caros e interminables.
Una vez dicho esto, y de acuerdo con información emitida por El Financiero, la persona que realiza su testamento NO deberá pagar ningún tipo de impuesto ante el SAT, sin embargo las personas heredadas no corren con la misma suerte.
Esto quiere decir que en dado caso que seas una persona que heredó, por ejemplo, una propiedad e independientemente lo quieras hacer con ella, ya sea conservarla o venderla deberás de cumplir con algunas responsabilidades sobre los pagos de impuestos, contratación de servicios legales y realización de trámites ante el SAT.
Publicado por:NOTICIAS DE YUCATÁN
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